Convergencia Plena en Competencia Efectiva Ernesto Piedras

Una estrategia reciente identificable en el mercado de la conectividad es
la incursión de jugadores que originalmente se ocupaban de atender a un segmento en particular a otros que habilitan nuevos canales de ingresos, a partir de aprovechar economías de escala y alcance en la provisión de servicios. Por ejemplo, jugadores de telecomunicaciones que buscan
participar en la generación y distribución de contenidos audiovisuales. 

A esta posibilidad de mercado se le conoce como oferta de servicios
convergentes.

Son manifiestos los esfuerzos y acciones que han emprendido las
empresas para abrirse paso en nuevos segmentos de mercado y
transitar a un esquema de oferta empaquetada de servicios en sus
diferentes formatos, como el caso del doble, triple o incluso cuádruple
play. Al respecto, encontramos a operadores como Telefónica que busca
fortalecer su oferta al convertirse en un nuevo generador y distribuidor de contenidos audiovisuales, a partir del lanzamiento y consolidación de Movistar Play en los diferentes mercados nacionales en los que participa.

En este mismo sentido, han sido diversas las ocasiones en las que el
agente económico preponderante de telecomunicaciones en México,
América Móvil (Telmex-Telnor/Telcel) ha hecho pública su aspiración de expandir su peso de mercado en telecomunicaciones, también al campo
de la radiodifusión y de la provisión de televisión de paga. Ambas
cuentan con una doble restricción, tanto en el clausulado del título de
concesión de Telmex, como en la declaratoria de preponderancia.

Recientemente, ejecutivos del preponderante se han manifestado
positivos y hasta optimistas respecto a que recibirán próximamente
autorización para su ingreso a esos mercados, sobre la base de la
solicitud que realizaron a finales del año pasado ante el regulador, por
la vía de su subsidiaria Claro TV.

No obstante, de acuerdo con la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión (LFTR), para conceder la autorización, el IFT deberá
cerciorarse que no se habilite una ruta para hacerse de mayor
participación de mercado y se generen efectos adversos a la
competencia y libre concurrencia en el sector.

Lo anterior, es altamente probable incluso ex-ante a abrirle la puerta a la TV de paga.

Así lo indican las estadísticas relativas a la participación de mercado del preponderante en líneas e ingresos móviles al segundo trimestre de 2019, que registran una trayectoria ascendente para alcanzar un nivel de
63.1% y 71.4%, respectivamente.

Ya ni hablar de habilitarle la operación en un mercado adicional.

Las lecciones generadas en diversos países revelan que la entrada a
segmentos adyacentes ha fortalecido la huella de mercado de los
operadores que han emprendido una estrategia convergente en la
oferta de servicios. Por lo que una potencial autorización del IFT
resultaría nociva a la competencia efectiva, al habilitar una vía de
reconcentración de mercado para el preponderante.

Por ello carece de sustento el referido optimismo respecto a esa
posibilidad, toda vez que la LFTR impide que el regulador valide una
autorización con los potenciales efectos referidos en contra de la
competencia efectiva.

Las métricas hasta ahora observadas en torno a su participación de
mercado en usuarios de telecomunicaciones, indicador base para ser
declarado agente económico preponderante, demuestran no sólo una
escasa o nula reducción de peso de mercado, sino también una
reconcentración en algunos segmentos en los que opera.

Así a la luz de la lógica económica, resultaría categóricamente
anticompetitivo abrirle la puerta al preponderante para que ofrezca el
servicio de televisión restringida. No será el momento sino hasta
materializar el equilibrio en el terreno competitivo determinado por la
política regulatoria que le permita abandonar el escenario de
preponderancia.

La convergencia en la provisión de servicios, puede ir adelante para el
preponderante, sí y sólo sí, se alcanza un escenario de competencia
efectiva en telecomunicaciones.